¿Cómo calcular el finiquito?

Por Àlex Fontelles, abogado laboralista

Previamente, al finalizar el contrato de un trabajador, ya sea por despido o, bien, por haber solicitado la baja voluntaria, se tiene derecho a recibir la liquidación de las cantidades que quedan pendientes de cobrar dentro la relación laboral y que se reflejadas en un documento que se conoce como finiquito.

Puedes mirar este vídeo sobre cuándo se puede cobrar el finiquito que realizamos para solventar algunas dudas.

Aunque no lo parezca, es importante tener presente que el finiquito es el correcto para evitar problemas en relación con futuras acciones frente el empresario, puesto que, con la firma del trabajador, se muestra su conformidad con los datos y cantidades que están en el documento y, si no se realiza una comprobación previa o, bien, posterior a la firma, puede que existan errores que nos perjudiquen y que tenemos derecho a reclamar. Por eso, a continuación, te indicamos de la forma más sencilla cómo calcular un finiquito para que puedas comprender mejor este documento y verificar su adecuación.

Para empezar, debemos conocer los elementos esenciales de un finiquito y que son los necesarios para su cálculo.  En el documento, tiene que haber constancia de las siguientes cantidades:

  • Salario proporcional al último periodo semanal o mensual trabajado.
  • Parte proporcional de laspagas extraordinarias que todavía no se hayan abonado al trabajador.
  • Compensación económica correspondiente a las vacaciones no disfrutadas por el trabajador.
  • Indemnización legal en caso de que el finiquito sea por un despido.
  • Cualquier otra cantidad pendiente de pago, como pueden ser diferentes pluses de la empresa, horas extraordinarias, entre otros conceptos.

Para que sea más ilustrativo el cálculo principal del salario, las pagas extraordinarias y las vacaciones no disfrutadas, exponemos a continuación un ejemplo:

Imaginemos que un trabajador lleva un año trabajando en una empresa y que su contrato ha finalizado en fecha 29/06/2016. El trabajador no ha disfrutado de sus vacaciones por trabajo y tenía un salario mensual de 1.500 € brutos, además de dos pagas extraordinarias no abonadas de 1.000 € cada una.

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Calcular el salario que me corresponde en el momento del finiquito

Tal y como sucede en el ejemplo, hay situaciones en los que el contrato del trabajador se finaliza, sea por el motivo que sea, a mitades o finales de un mes en curso. En estos casos, el primer paso debería ser conocer nuestro salario proporcional al tiempo que hemos estado trabajando, puesto que, aunque se extinga la relación laboral sin que se devengue el salario, no significa que el trabajador pierda su derecho a ser retribuido.  Para conocer qué parte proporcional de salario nos tocaría, tenemos que conocer nuestro salario diario:

1.500 € (salario mensual) x 12 meses = 18.000 € (salario anual) ÷ 365 días = 49,31 € diarios

Una vez tenemos el salario diario que, en este caso, sería de 65,75 €, tenemos que saber cuántos días hemos trabajado. En el ejemplo, como el contrato del trabajador finalizó en fecha 29/06/2017, ha trabajado 29 días en el mes en curso. Entonces, el trabajador tendría que recibir en el finiquito como salario proporcional al último mes trabajado de Junio, la cantidad de      1.429,9 € como resultado de la siguiente operación:

49,31 € diarios x 29 días trabajados = 1.429,9 €

Calcular las vacaciones no disfrutadas

El trabajador tiene reconocido por Ley el derecho a disfrutar de 30 días de vacaciones por año trabajado. Hay que tener en cuenta que este es el mínimo legal que se establece, pero es recomendable también consultar el Convenio Colectivo aplicable al sector o empresa en donde se trabaja, pues puede variar los días a los que se tiene derecho como mínimo.

Por norma general, está prohibido sustituir las vacaciones que se deben disfrutar por una compensación económica. No obstante, cuando se finaliza un contrato, sea por la razón que sea, es distinto, y el empleador está obligado a compensar económicamente el período de vacaciones que no ha podido disfrutar el trabajador y que le corresponden por derecho.

Para conocer cuál es la compensación económica proporcional a nuestro periodo vacacional no disfrutado, tendremos que realizar una simple regla de tres. Basándonos en el ejemplo anterior, la fórmula sería la siguiente:

PRIMER PASO:    30 días x 180 días trabajados ÷ 360 jornadas de trabajo = 15 días

Según el resultado de dicha operación, el trabajador no ha disfrutado de 15 días de vacaciones no disfrutadas de lo que le corresponderían. Ahora, tenemos que transformar estos días en cantidad dineraria. Para ello, tenemos que conocer nuestro salario diario para multiplicarlo por los días no disfrutados:

                   SEGUNDO PASO:  15 días no disfrutados x 49, 31 € diarios = 739,65 €

Calcular las pagas extras que corresponden proporcionalmente

Como regla general, existen dos pagas extraordinarias como mínimo, salvo que el Convenio Colectivo aplicable al sector o la empresa establezca otra distribución. La primera, es la paga extra de Navidad que se devenga el 1 de enero del año en curso; la segunda, es la paga extra de verano que se devenga el 1 de julio del mismo año. No obstante, cuando el trabajador tenga prorrateadas las pagas extras de forma mensual en la nómina, no se tendrán en cuenta a la hora de calcular el finiquito.

En el caso anterior, al trabajador no le ha sido retribuidas las pagas extras. Como ha trabajado hasta el día 29 de junio, sólo tendría derecho a la paga extra de Navidad, por no haber llegado al devengo de la paga extra de verano el 1 de julio. Así pues, el cálculo sería el siguiente:

1.000 € de paga extra ÷ 360 jornadas = 2,7 x 180 días = 486 €

  • LA SUMA DE LOS TRES CONCEPTOS: SALARIO + PAGAS EXTRAS + VACACIONES

Una vez tenemos calculados estos tres conceptos, salvo que tengamos otros importes debido por la empresa, se deben sumar para conseguir la totalidad que debe quedar reflejada en el finiquito. En el caso de ejemplo, en el finiquito del trabajador debería constar el importe total de 2.655,55 € (1.429,9 € + 739,65 € + 486 €).

Si nos encontráramos ante un despido, deberíamos incluir en el finiquito la correspondiente indemnización que se reconoce por Ley al trabajador. No obstante, es importante distinguir que finiquito e indemnización por despido son diferentes, ya que el finiquito liquida la deuda de la empresa con el trabajador al finalizar la relación laboral y está obligado a entregarlo siempre. Sin embargo, la indemnización legal por despido no siempre le corresponde al trabajador, como puede ser en la situación de un despido disciplinario donde si se debe hacer entrega del finiquito, pero no tiene derecho a indemnización.

Si no estoy de acuerdo con el finiquito, ¿qué hago?

El trabajador puede requerir las cantidades erróneas o ausentes en el finiquito mediante una reclamación de cantidad (con el plazo de 1 año desde que se pudiese ejercitar la acción) o simultáneamente con la impugnación del despido (con el plazo de 20 días desde la fecha efectiva del despido).

Sin embargo, ante cualquier duda o reclamación que nos surja después de revisar nuestro finiquito, es aconsejable recibir un asesoramiento legal y recurrir a un tercero especialista para que revise que el finiquito y asegurarse de que es correcto.

Por eso, en FONTELLES ADVOCATS, estamos a tu disposición como abogados laboralistas que te pueden asesorar y ayudar en tu reclamación de finiquito.

Si quieres más información, en nuestro canal tendrás vídeos acerca el derecho laboral o puedes volver a leerte este artículo sobre «Cómo calcular tu indemnización por despido«.

Fontelles Abogados
Bufete de abogados laboralistas
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