Es bien sabido que todo acoso crea un ambiente laboral incómodo. El acoso sexual en el trabajo se trata de una conducta que vulnera la dignidad de la persona y,evidentemente, enrarece y mucho el entorno laboral. Como ya se ha ido explicando en este blog, el mobbing afecta negativamente a los trabajadores y en última instancia a la empresa.
Evidentemente quién más lo sufre es quién recibe los ataques, sin embargo estas acciones pueden afectar también al resto de trabajadores. Hoy vamos a hablar del acoso sexual, una práctica que algunos acosadores llevan a cabo pero que no tiene la presencia en los medios de comunicación que debería.
Las empresas, con el deber de evitar el acoso sexual en el trabajo
Si has sufrido o tienes constancia de acoso en tu empresa ya debes saber que según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se especifica en el artículo 48 que las empresas tienen el deber de evitarlo:
‘Las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.’
¿Qué se entiende por acoso sexual en el trabajo?
Se entiende por acoso sexual cualquier comportamiento verbal o físico de naturaleza sexual que busque atentar, en particular, contra la dignidad de una persona y cuando se crea un entorno en la empresa intimidatorio y ofensivo.
A modo de ejemplo, se considerarán, entre otras, conductas constitutivas de acoso sexual las siguientes de la lista:
- Comentarios discriminatorios o chistes sobre la apariencia y condición sexual del trabajador/a
- Cualquier agresión sexual.
- Peticiones de favores sexuales, incluyendo todas aquellas insinuaciones o actitudes que asocian la mejora de las condiciones de trabajo.
- Llamadas, cartas o e-mails de contenido sexual.
- Un contacto físico innecesario, con rozamientos.
- Forzar a citarse fuera del lugar de trabajo, sin ningún tipo de fundamento, cuando el superior se aprovecha de su situación ventajosa.
- Cuando se exhiben fotografías o imágenes de contenido sexualmente explícito, no consentidos, que afecten la integridad sexual.
- Cualquier otro comportamiento que busque discriminar y/o humillar por razones de sexo.
El acoso sexual en el trabajo se ceba con las mujeres
El acoso sexual es sufrido tanto por mujeres como por hombres, pero dada la constatada situación de discriminación de las mujeres en el mercado laboral, con mayor precariedad y con peor remuneración económica, las mujeres son las principales víctimas de este tipo de acoso laboral.
El acoso sexual lo sufren principalmente los siguientes colectivos:
- Mujeres solas con responsabilidades familiares, como son las madres solteras, viudas o separadas.
- Mujeres que acceden por primera vez a sectores profesionales donde predominaban tradicionalmente los hombres.
- Mujeres jóvenes que acaban de conseguir su primer empleo que generalmente es de carácter temporal
Evidentemente se trata de una generalización, porque como el mobbing es difícil de probar, no tenemos las estadísticas completas y seguramente hay muchos trabajadores y trabajadoras que todavía no se han atrevido a dar el paso.
La conscienciación del acoso sexual en el trabajo
Poder acceder a estadísticas oficiales es casi imposible porque se trata de un tema tabú tanto en las empresas como en la cultura laboral y, a pesar de haber dado pasos importante para poder erradicar el problema, todavía nos queda mucho como sociedad para poder solventarlo.
Como siempre recomendamos, a la menor sospecha o indicios de ser víctima del acoso sexual en el trabajo lo mejor es acudir a un profesional médico y ponerlo en manos de un profesional en materia jurídica.
Fontelles Advocats es el único bufete de abogados laboralista en Barcelona especializado en casos de mobbing y acoso laboral. Si crees que lo estás sufriendo o conoces a alguien que pueda estar sufriéndolo, no lo dudes y pide cita con nuestros profesionales.