
Como bien explicamos en otra entrada del blog, qué se debe tener en cuenta para solicitar las vacaciones, las vacaciones se tratan de uno de los derechos más importantes de los trabajadores, tratándose de un derecho individual e irrenunciable para recuperarse psíquica y físicamente del trabajo realizado durante el año y para tener un periodo de esparcimiento más prolongado que los fines de semana. En consecuencia, es importante que la solicitud del derecho se haga adecuadamente con tal de asegurar su debido ejercicio legítimo.
¿Cuál es la mejor forma de pedir las vacaciones?
En este vídeo nuestro te aclaramos algunas dudas acerca de las vacaciones
La forma más habitual y recomendable es solicitar las vacaciones en la empresa mediante una carta de comunicación escrita y por duplicado.
El cauce escrito es mejor al verbal, en primer lugar, porque de esta forma se asegura la constancia de la preferencia de las fechas pretendidas, así como la constancia de la existencia de la solicitud de ejercer el derecho a vacaciones.
Recomendamos que se lleve copia de la carta y que se pida firma del responsable o sello de la empresa conforme se ha recibido la solicitud de vacaciones en la copia, así como guardarse la copia sellada por si surgieran en algún futuro desacuerdos con la empresa, poder tener constancia probatoria del recibo.
Contenido y modelo de la carta para pedir las vacaciones
Para elaborar la solicitud de las vacaciones debemos tener en cuenta el contenido mínimo que debe constar, así como proponemos algunos modelos de solicitud.
En el encabezamiento de la carta debe constar el nombre de la empresa a la cual el trabajador se dirige, o bien el departamento de Recursos Humanos de susodicha. Un ejemplo de encabezamiento puede ser:
“A la dirección de recursos humanos de la empresa ABCD S.A.”
Posteriormente se debe proceder a la identificación del trabajador solicitante, así como el establecimiento de los días de inicio y fin de las vacaciones pretendidas y el día de reincorporación a la actividad laboral. Otro ejemplo de esta parte de la carta puede ser:
“En atención a solicitar el periodo vacacional correspondiente al presente año, yo [Nombre, Apellidos y DNI], ruego que tengan a bien mi decisión de solicitar, con suficiente antelación, el disfrute del periodo vacacional del día X del mes X hasta el día X, ambos inclusive. Reincorporándome por tanto a mi actividad laboral al día siguiente.”
Dado que para muchos trabajadores el hecho de pedir vacaciones les puede resultar un momento complicado o de tensión, se puede introducir en la carta de despido un mensaje conciliador con la empresa, por ejemplo, prestándose para colaborar y dejar las tareas previamente organizadas. De tal modo que, la ausencia del trabajador tenga el menor impacto durante este periodo, con tal de mitigar la situación. Pero tal información es, en todo caso opcional por carecer de relevancia jurídica.
Finalmente, se puede instar a la empresa a una pronta respuesta, quedando a la espera de sus noticias. Una fórmula podría ser:
“Espero tal solicitud no le cause mayor inconveniente. Quedo a la espera de una pronta respuesta.
Salutaciones cordiales”
De acuerdo con el Estatuto de Trabajadores, el trabajador deberá conocer las fechas que le correspondan, al menos, dos meses antes del comienzo del disfrute. En consecuencia, tal información es exigible con dos meses de antelación.
¿Cuándo debo solicitar las vacaciones? ¿Cuál es el mejor momento?
Un buen momento para solicitarlas es después que la empresa haya acordado el calendario laboral junto los trabajadores o representantes de éstos y se hayan establecido los periodos de vacaciones en la empresa. Hay convenios colectivos que establecen también planificaciones de las vacaciones anuales según la rama de actividad. En el segundo caso, es importante informarse sobre cuál es el convenio aplicable y observar según la planificación del convenio, qué fechas son las más convenientes.
En todo caso, es recomendable solicitar las vacaciones pretendidas con más de dos meses de antelación a la fecha pretendida de disfrute, habida cuenta de que, en el caso que hubiera desacuerdo con la empresa y se debiera instar un procedimiento jurisdiccional, la Ley Reguladora del Procedimiento Laboral establece que se interponga demanda con dos meses de antelación a la fecha pretendida por el trabajador.
En caso de desacuerdo con la empresa o no contestación de la solicitud, ¿qué se debe hacer?
Como bien explicamos también en qué se debe tener en cuenta para solicitar las vacaciones (hipervínculo), si no hubiese acuerdo, el trabajador no podría tomarse las vacaciones por su cuenta, ya que ello podría ser causa de despido disciplinario.
Si la empresa ya hubiera fijado una fecha unilateralmente, se disponen de 20 días hábiles (es decir, descontando las sábados, domingos y festivos) para interponer una demanda que será tramitada por un procedimiento urgente.
Si la fecha aún no estuviera fijada, se deberá interponer la demanda con dos meses de antelación a la fecha pretendida de disfrute.
La empresa en ningún caso podría negar rotundamente el derecho, o solicitar su compensación con salario o el doble de paga salarial, o tratar de rebajar los días de disfrute del derecho.
En este caso, te recomendamos nuestro artículo sobre consejos para contratar un abogado para que te acompañe en este proceso.