Algunas veces hemos pasado por el difícil momento de ser despedidos de nuestra empresa. Si se trata de tu caso o piensas que quizás esto te pueda ocurrir, Fontelles Advocats pone a tu disposición este vídeo sobre los pasos que hay que seguir durante un despido.
Fontelles Advocats ha aparecido en los siguientes medios de comunicación
En las relaciones laborales, el empresario tiene poder de decisión y organización, así como capacidad para decidir sobre el futuro de los trabajadores en la empresa, por lo que es posible que nos despida. Si este es tu caso o piensas que quizás esto te pueda ocurrir, debes tener presente que la decisión del empresario no es definitiva, sino que siempre puede ser revisada por un juez.
Si le han despedido y está en Barcelona, llámenos y le haremos una primera evaluación telefónica de forma absolutamente confidencial y gratuita.
Llámanos al 93 159 32 32.
En este artículo, en Fontelles Advocats tratamos de responder algunas preguntas que se nos plantean si nos vemos afectados por un despido.
Algunas preguntas por si me han despedido… con respuesta
Ante el despido, conservar la calma
En primer lugar, debemos ser conscientes que un despido es una notificación que hace la empresa al trabajador y que, por tanto, no pueden obligarnos a firmar nada que no queramos. Las notificaciones de despido pueden tener distintas formas, la más habitual es la vía presencial, mediante carta entregada en mano, pero si estamos de baja por enfermedad o teletrabajando por motivos de la COVID-19, nos pueden enviar un burofax a casa.
En el caso del despido presencial, el trabajador suele ser llamado al despacho por un superior, jefe, personal de recursos humanos o algún consultor externo. En el despacho recibe una carta de despido, normalmente junto con el finiquito, le explican los motivos por los que prescinden de sus servicios y le dicen que tiene que firmar. Pero. ¿tenemos que firmar necesariamente esta carta tal y como dice la empresa? La respuesta es no.
Firmar ‘No conforme’ en la carta de despido
Lo más ideal es firmar la carta e introducir de manera legible No conforme con la fecha del día que has recibido la carta. ¿Por qué debo añadir No conforme en la carta? El hecho de firmar No conforme no implica que estemos necesariamente en desacuerdo con el contenido de la carta o del finiquito, quiere decir que nos reservamos el derecho a examinarlo todo tranquilamente. Básicamente tiene una función de recibí. Podríamos firmar de la siguiente manera: ‘Firmo pero solo a efecto de recibí pero me reservo el derecho a examinarla con tranquilidad’ pero para no poner esta frase tan larga se acepta poner No conforme.
Durante el despido, tenemos el derecho de no firmar
Si por casualidad la persona que tenemos delante nos dice que no podemos poner No conforme o que si ponemos No conforme no tiene valor y que no podrán tramitar el paro y no nos van a pagar el finiquito, lo mejor es no firmar. Conviene recordar que no pasa nada por no firmar. Hay algunas excepciones muy contadas por las que se debe firmar, pero en la mayoría de los supuestos si tenemos alguna duda, no pasa nada por no firmar. El trabajador tiene que recordar que el hecho de firmar es un acto reflexivo por el cual sabemos lo que firmamos. Justamente en un ambiente tenso como en una notificación de despido es muy lógico que nos entren las dudas.
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¿Qué pasa si no firmamos?
Básicamente pueden pasar dos cosas. Primero que la empresa haga venir dos testigos de la empresa para que firmen diciendo que son testigos de nuestra negativa a firmar, en cuyo caso nos quedaremos para que nos den copia de esa carta de despido. Segundo, si la situación es muy tensa tenemos el derecho de irnos sin firmar. Al ser la empresa quién está obligada a notificarnos el despido, se tiene que encargar de hacernos llegar un burofax a nuestro domicilio.
Recopilar pruebas es imprescindible
Siempre y cuando sea posible, ayuda mucho de cara a reclamar, poder juntar pruebas antes de abandonar definitivamente la empresa, como por ejemplo recopilar mails de la empresa y reenviarlos a nuestra cuenta personal ya que más adelante nuestro correo corporativo quedará inactivo. También es importante, si se puede, grabar las conversaciones con los superiores e incluso el momento de entrega de la carta de despido.
Estas pruebas deben de estar orientadas a desmentir aquello que la empresa haya expuesto en la carta de despido ya que, si se quiere reclamar, será fundamental tener herramientas para desarticular el relato empresarial.
También suele ser útil poder hablar con los compañeros para ver si ellos estarían dispuestos a testificar en algún momento si fuera necesario. Lo mejor, como la mayoría de los casos es actuar preventivamente y, ante la mínima sospecha, empezar a recopilar toda esta información con antelación.
Durante el despido, tenemos el derecho de no firmar
No estamos obligados a firmar.
A modo de resumen… acerca de los pasos a tomar en un despido
- El primer consejo es mantener la calma.
- Segundo, podemos firmar siempre y cuando añadamos No conforme de manera legible e incluyamos la fecha.
- Tercero, si vemos que la situación es muy tensa recordar que tenemos el derecho de marcharnos sin firmar el documento. Nos estamos obligados a firmar.
Una vez hayamos tenido en mente estos consejos lo ideal es acudir a un profesional para que nos gestione nuestro caso.
Indemnización por despido
En este apartado puedes conocer la indemnización por despido te corresponde, donde básicamente se tendrán en cuenta tres factores: el tipo de extinción de contrato, antigüedad en una empresa y el salario anual.
En este vídeo-resumen explicativo sobre la indemnización por despido.
En Fontelles Advocats encontrará los abogados laboralistas que velarán de la mejor manera posible por tus intereses. Estamos encantados de atenderle por si quiere ampliar éste o cualquier otro asunto.
Más información:
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- Tipos de despidos: despido disciplinario, despido objetivo y despido colectivo
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